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TODOS HACEMOS POLITICA

Todos hacemos política es un programa de cooperación internacional creado para promover el fortalecimiento de los partidos políticos y con ello, consolidar la democracia representativa en el Perú.

Todos hacemos política es desarrollado por el Instituto Republicano Internacional (IRI), cuenta con el apoyo de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID) y tendrá una duración de tres años (periodo 2008-2010).

jueves, 7 de enero de 2010

Reforma a la Ley de Elecciones Regionales N° 27683

El Congreso aprobó la Ley N° 29470, la cual contiene importantes reformas a la Ley de Elecciones Regionales (Ley N° 27683); estas reformas serán aplicadas en las próximas elecciones regionales, que de acuerdo a la modificación del artículo 4, se realizarán conjuntamente con las elecciones municipales el primer domingo del mes de octubre del presente año (antes se realizaban durante el mes de noviembre).

La principal reforma a la Ley dispone la modificación del artículo 5, estableciendo que para ser elegidos, los candidatos a presidente y vice-presidente del gobierno regional deben obtener no menos del 30% de los votos válidos. Si ninguna fórmula de presidente y vice-presidente alcanza el porcentaje requerido, se realizará una segunda vuelta entre las dos fórmulas que alcanzaron las más altas votaciones y resultará electa la fórmula que obtenga la mayoría simple de votos válidos. Esta segunda vuelta tendrá lugar dentro de los 30 días calendario siguientes a la proclamación de los cómputos oficiales.

También se ha modificado el artículo 6 de la Ley, fijándose un número mínimo de siete (7) y un número máximo de veinticinco (25) consejeros integrantes del Consejo Regional. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) establece el número de miembros aplicando el criterio de la población electoral.

De otro lado, se modificó el artículo 11, señalándose que en las elecciones regionales pueden participar las organizaciones políticas y alianzas políticas con registro de inscripción vigente en el JNE. La inscripción se obtiene acreditando una relación de adherentes conforme a lo dispuesto en la Ley de Partidos Políticos; la inscripción debe realizarse hasta cientos veinte (120) días antes de la elección. Cabe señalar que, de acuerdo a información proporcionada por el JNE, al mes de diciembre del año 2009, además de 23 partidos políticos con inscripción vigente, habían obtenido su inscripción 173 movimientos regionales, 10 movimientos de alcance provincial y 36 de alcance local. Asimismo, han iniciado su proceso de inscripción 6 partidos políticos, 27 movimientos regionales y 29 organizaciones políticas de alcance provincial y distrital.

Respecto a la inscripción de las listas de candidatos, se ha modificado el artículo 12 de la Ley, estableciéndose que las agrupaciones políticas deberán presentar de manera conjunta, la fórmula de candidatos a presidente y vice-presidente, la lista de candidatos al consejo regional y una propuesta de plan de gobierno regional. Asimismo, la norma dispone que la lista de candidatos al consejo regional debe considerar no menos de un 30% de candidatos hombres o mujeres (cuota de género), no menos de un 20% de ciudadanos jóvenes menores de 29 años de edad y al menos un 15% de representantes de comunidades nativas y pueblos originarios en cada región donde existan, según lo determine el JNE. La inscripción de las listas de candidatos puede hacerse hasta noventa (90) días antes de la fecha de la elección.

Por último, la modificación al artículo 13 precisa algunos requisitos para ser candidato a cualquier cargo de autoridad regional. Entre estos requisitos, se destaca que en las circunscripciones de frontera, los candidatos deben ser peruanos de nacimiento. Asimismo, los candidatos deben acreditar residencia efectiva de al menos tres años en la circunscripción en que se postula y estar inscrito en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) con domicilio en dicha circunscripción.


Nota: Para acceder al texto completo de la Ley hacer click aquí

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